Este curso es el instrumento práctico para aquellas empresas con categoría de Despachadores de Aduanas (Agentes de aduanas y Dueños o Consignatarios) se encuentran en la obligación de capacitar a todo su personal en la temática referida al Lavado de Activos y al Financiamiento del Terrorismo, esto último con la finalidad de que tengan las herramientas teóricas y prácticas que les permitan diseñar en su momento las medidas administrativas y legales preventivas que las normas les exigen.
El presente curso es una guía práctica y de fácil comprensión que garantiza una adecuada capacitación en esta materia y un efectivo cumplimiento de las obligaciones atribuibles tanto a los Agentes de aduanas, Dueños o Consignatarios y Despachadores Oficiales, que se encuentren obligados en conocer las disposiciones normativas que buscan prevenir toda actividad económica vinculada al Lavado de Activos y al Financiamiento del Terrorismo.
Base Legal:
- Mediante Resolución SBS N° 2249-2013 vigente desde el 09.04.2013 se crea la figura del Oficial de Cumplimiento de los Despachadores de Aduana, precisando en su Art. 5º la obligación de capacitar a todo el personal a su cargo en la presente materia; estableciendo además como Organismo Supervisor de dichas obligaciones a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria –SUNAT.
- Ley N° 27693 – Ley de Creación de la Unidad de Inteligencia Financiera.
- Decreto Legislativo Nº 1106 - Reconocen como Organismos Supervisor en materia de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo a la SUNAT.
Sobre el Curso:
El curso se desarrolla en 06 Unidades, cada una con un contenido específico, entre los cuales encontramos: Sistemas de prevención, ejecución de obligaciones, responsabilidades del despachador de aduanas, entre otros.
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Contenido del Curso:
El curso se desarrolla en 06 Unidades, cada una con un contenido especifico:
UNIDAD 1: Introducción general al lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la Unidad de Inteligencia Financiera.
UNIDAD 2: Del sistema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
UNIDAD 3: De la Unidad de Inteligencia Financiera y los Despachadores de Aduana.
UNIDAD 4: De la ejecución de las obligaciones de los Despachadores de Aduana.
UNIDAD 5: Del deber de reserva y confidencialidad de las comunicaciones a la Unidad de Inteligencia financiera.
UNIDAD 6: De La responsabilidad civil y penal del Despachador de Aduanas en las actividades vinculadas a los delitos del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo